Papeleta G03 ¿Cuál es la sanción por detener el vehículo bruscamente?

Revise cual es la sanción G03 y sus consecuencias para el conductor o propietario del vehículo.

Detener el vehículo bruscamente

Mientras conduce un vehículo, es conveniente realizar paradas en las señales indicadas, así como disminuir la velocidad al cambiar de marchas o presionar poco a poco el freno hasta detener por completo el vehículo.

Papeleta G03 por detener el vehículo bruscamente.

En casos donde decida detener el vehículo de forma intempestiva, bruscamente sin motivo alguno, puede ameritarle una sanción G03 específica para este tipo de acciones según el Reglamento Nacional de Tránsito y el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.

¿Qué es la papeleta G03?

La papeleta G03 consiste en «Detener el vehículo bruscamente sin motivo».

La sanción correspondiente es del 8% de la UIT o S/. 352.00. Algo a considerar, es que como medida preventiva no existe internamiento del vehículo, aunque es considerada una infracción Grave.

Por otro lado, se suman 20 puntos al Récord del Conductor y el propietario no es solidario. Por este último, se entiende que quien iba al volante del vehículo será quien deba pagar la multa G03 obligatoriamente.

Clasificación de infracciones y sanciones

Cada infracción de transito posee un código que las identifica según la gravedad de su falta. Las sanciones emplean como elemento codificatorio los siguientes:

  • La letra M para las faltas Muy Graves.
  • La letra G para las faltas Graves.
  • La letra L para las faltas leves.

¿Cuál es el plazo para pagar multa con descuento?

Según el Código del Reglamento Nacional de Tránsito, se otorgan dos tipos de descuentos con sus respectivos períodos para todas aquellas infracciones de transito que se encuentren incluidas.

  • El primer descuento para las infracciones de transito cometidas es del 83% de la multa total. Su vigencia será hasta el quinto día hábil posterior de su imposición o fecha en que le fue notificada la papeleta.
  • El segundo descuento para las infracciones de transito cometidas es del 67% de la multa total. Su vigencia empieza desde el sexto día hábil posterior a la infracción o notificación, hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.

Posteriormente, luego de las citadas notificaciones el importe a pagar será del 100% de la multa de transito.


TABLA DE INFRACCIÓN