¿Que es la multa G10 por incumplir el uso de las vías rápidas o de acceso restringido? Conozca más sobre sobre la sanción G10 y sus excepciones para el conductor o propietario del vehículo.
Incumplir normas al conducir por vías rápidas o restringidas
Si mientras conduce un vehículo por vías de alto transito de manera que incumple las reglas de transito como limites de velocidad o conduce por vías de acceso restringido, es posible que este cometiendo una infracción.
Debido a esto, existe una sanción especifica para este tipo de faltas en vías a nivel nacional. Siendo calificada como una falta Grave, amerita una sanción impuesta por la Autoridad Nacional de Tránsito incluida en el Reglamento Nacional de Tránsito según el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.
¿Qué es la papeleta G10?
La papeleta G10 consiste en «Incumplir las disposiciones sobre el uso de las vías de tránsito rápido y/o de acceso restringido».
¿Cuál es la sanción de la papeleta G10?
La sanción correspondiente es del 8% de la UIT o S/. 396.00. Tener en cuenta, que como medida preventiva no existe remoción del vehículo aunque es considerada una infracción Grave.
Por otro lado, se suman 20 puntos al Récord del Conductor y el propietario no es solidario. Por este último, se entiende que el conductor del vehículo esta obligado a pagar la sanción G10 y no el propietario si es el caso.
Clasificación de infracciones y sanciones
La papeleta G10 tiene un código que la califica como una sanción Grave. Asimismo, todas las sanciones emplean como elemento codificatorio los siguientes:
- La letra M para las faltas Muy Graves.
- La letra G para las faltas Graves.
- La letra L para las faltas leves.
¿Cuál es el plazo para pagar multa con descuento?
Según el Código del Reglamento Nacional de Tránsito, se otorgan dos tipos de descuentos con sus respectivos períodos para todas aquellas infracciones de transito que se encuentren incluidas.
- El primer descuento para las infracciones de transito cometidas es del 83% de la multa total. Su vigencia será hasta el quinto día hábil posterior de su imposición o fecha en que le fue notificada la papeleta.
- El segundo descuento para las infracciones de transito cometidas es del 67% de la multa total. Su vigencia empieza desde el sexto día hábil posterior a la infracción o notificación, hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.
Posteriormente, luego de las citadas notificaciones el importe a pagar será del 100% de la multa de transito.