¿Qué es la papeleta G05 y cuál es la sanción?

Revise cual es la sanción G05 y sus consecuencias para el conductor o propietario del vehículo.

No mantener la distancia frente a otro vehículo

Siguiendo con las infracciones por el mal uso de la calzada o vía de transito vehicular, la acción de no mantener la distancia frente a otro vehículo mientras conduce o se detiene, califica como una infracción ameritando una sanción y puntos en su record como conductor.

Conoce cual es la sanción G05 por no mantener la distancia frente a otro vehículo.

Este tipo de de acciones, están catalogadas como faltas Graves, ameritando una sanción impuesta por la Autoridad Nacional de Tránsito incluida en el Reglamento Nacional de Tránsito según el Decreto Supremo N° 016-2009-MTC.

¿Qué es la papeleta G05?

La papeleta G05 consiste en «No mantener una distancia suficiente, razonable y prudente, de acuerdo al tipo de vehículo y la vía por la que se conduce, mientras se desplaza o al detenerse detrás de otro».

La sanción correspondiente es del 8% de la UIT o S/. 352.00. Algo a considerar, es que como medida preventiva no existe remoción del vehículo y es considerada una infracción Grave.

Por otro lado, se suman 20 puntos al Récord del Conductor y el propietario no es solidario. En este último, se entiende que el conductor del vehículo deberá pagar obligatoriamente la multa G05.

Clasificación de infracciones y sanciones

Cada infracción de transito posee un código que las identifica según la gravedad de su falta. Las sanciones emplean como elemento codificatorio los siguientes:

  • La letra M para las faltas Muy Graves.
  • La letra G para las faltas Graves.
  • La letra L para las faltas leves.

¿Cuál es el plazo para pagar multa con descuento?

Según el Código del Reglamento Nacional de Tránsito, se otorgan dos tipos de descuentos con sus respectivos períodos para todas aquellas infracciones de transito que se encuentren incluidas.

  • El primer descuento para las infracciones de transito cometidas es del 83% de la multa total. Su vigencia será hasta el quinto día hábil posterior de su imposición o fecha en que le fue notificada la papeleta.
  • El segundo descuento para las infracciones de transito cometidas es del 67% de la multa total. Su vigencia empieza desde el sexto día hábil posterior a la infracción o notificación, hasta el último día hábil previo a la notificación de la Resolución de Sanción.

Posteriormente, luego de las citadas notificaciones el importe a pagar será del 100% de la multa de transito.


TABLA DE INFRACCIÓN